lunes, 22 de agosto de 2011

DIFERENCIA ENTRE PROCESO Y PROCEDIMIENTO


TRABAJO DE INVESTIGACIÒN

SESIÓN Nº 01 DIFERENCIA ENTRE PROCESO Y PROCEDIMIENTO

Informe Nº 001 – 2011/ Escuela profesional de Derecho – ULADECH – Católica

A:                    Profesor  Juan de Dios Huanes
                        Catedrático Derecho Procesal Administrativo

Asunto:         Proceso y Procedimiento

Fecha:           19 de agosto de 2011
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TRABAJO DE INVESTIGACION Nº 1 PARA ESTUDIANTES PRESENCIALES

Confeccionar un cuadro de diferencias entre proceso y procedimiento, y subirlo a la plataforma por este medio.

Proceso
Procedimiento
Es un todo, y, está formado por un conjunto de actos procesales.
Es el modo como va desenvolviéndose el proceso, los trámites a que está sujeto, la manera de substanciarlo, que puede ser de conocimiento, abreviado, sumarísimo, ejecutivo, no contencioso.
 Proceso es sinónimo de juicio o causa legal
Procedimiento es la forma en que se lleva dicho juicio
Los procesos se comportan, son dinámicos.
Los procedimientos existen, son estáticos.
Los procesos están impulsados por la consecución de un resultado; se operan y gestionan centrándose en la satisfacción de los clientes y otras partes interesadas.
Los procedimientos están impulsados por la finalización de la tarea,  se implementan y se centran en el cumplimiento de las normas.
Contienen actividades que pueden realizar personas de diferentes departamentos con unos objetivos comunes.

Procedimientos recogen actividades que pueden realizar personas de diferentes departamentos con diferentes objetivos.
Es la suma de actos por medio de los cuales se constituye, desarrolla y termina la relación jurídica.
Significa solo la composición externa, formal, del desarrollo del proceso o de una etapa de este, pero no comprende las relaciones jurídicas que se establecen entre los sujetos del proceso, ni la finalidad compositiva de este.
Tiene como complemento indispensable el de la obligatoriedad para todos los integrantes de la comunidad, sin distinción de raza, condición, etc., de someterse a la jurisdicción del estado.
Solo se inicia si media de la correspondiente petición del interesado por conducto del acto que en el civil y los que siguen sus orientaciones se les denomina demanda y en el penal acusación, responde  que no hay juez sin actor y el juez no puede proceder o actuar de oficio.
El término "proceso" viene de la doctrina alemana y se origina en el término canónico processus judicii.
El término procedimiento es de origen francés
Este término si es exclusivo del Derecho Procesal ya que engloba una realidad más amplia incluye también las relaciones entre los sujetos intervinientes, las relaciones entre éstos y el objeto del proceso, etc. además, aspira a una finalidad, que es la terminación o justa composición del litigio, y para llegar a ella emplea el procedimiento como medio.
Este término no es exclusivo del derecho procesal, ni tampoco del ámbito jurídico. Es un término que sólo alude a un aspecto formal o actividad externa, como es la mera sucesión de actos procesales.

Todo proceso implica la existencia de un procedimiento.
No puede que exista un procedimiento sin que haya proceso alguno.


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